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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
273871
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXXII, Quinta Parte; Pág. 10

CONCEPTOS DE VIOLACION, NO ES PRECISO QUE SE CITE EL PRECEPTO VIOLADO PARA DECLARAR FUNDADOS LOS.

[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXXII, Quinta Parte; Pág. 10

Precedentes

Amparo directo 7781/59. Odelia Boiseauneau de Benítez, Sucesión. 13 de abril de 1964. Cinco votos. Ponente: Angel Carvajal. Véase Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca: Tomo XCV, página 1504, la tesis aparece bajo el rubro "DEMANDA DE AMPARO EN MATERIA DE TRABAJO, SUPLETORIEDAD POR OMISION DE UNO DE LOS REQUISITOS DE LA.". Tomo XCV, página 1198, bajo el rubro "DEMANDA DE AMPARO EN MATERIA DE TRABAJO, OMISION DE LA CITA DE LOS PRECEPTOS VIOLADOS.". Tomo XCIV, página 1639, bajo el rubro "DEMANDA DE AMPARO, REQUISITOS DE LA.". Tomo LXIII, página 1552, bajo el rubro "DEMANDA DE AMPARO FALTA DE CITAS DE LEY, EN LA.".
Registro digital (IUS): 273871