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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
273901
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXXII, Quinta Parte; Pág. 34

SUPREMA CORTE, NO ES COMPETENTE LA, PARA CONOCER RESOLUCIONES EN LAS QUE EL TRIBUNAL DE ARBITRAJE SE DECLARA INCOMPETENTE.

[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXXII, Quinta Parte; Pág. 34

Precedentes

Amparo directo 7505/63. Jesús Medel Arroyo. 30 de abril de 1964. Cinco votos. Ponente. Angel Carvajal.
Registro digital (IUS): 273901