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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 273903
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXXII, Quinta Parte; Pág. 37
VACACIONES, ACCION DE PAGO DE.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXXII, Quinta Parte; Pág. 37
En virtud de que las vacaciones tiene por objeto que los trabajadores repongan las energías perdidas durante el trabajo, resulta inconcuso que en el caso de que no completen un año de servicio, tienen derecho a que la parte patronal les cubra el importe de la parte proporcional de esas vacaciones.
Precedentes
Amparo directo 7356/62. Julia Martínez Vázquez. 9 de abril de 1964. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Agapito Pozo.