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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 273958
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXXI, Quinta Parte; Pág. 42
TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, TITULO PROFESIONAL QUE PARA EL DESEMPEÑO DE CIERTOS PUESTOS REQUIEREN LOS, Y CUYA FALTA DA LUGAR A SU CESE.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXXI, Quinta Parte; Pág. 42
Si un trabajador ocupa un cargo público para el que se requiera título profesional y dicho trabajador carece de ese título, no importa la fecha en que haya sido expedido al trabajador su nombramiento, pues siendo la falta de título profesional una causal de rescisión de tracto sucesivo, que se realiza día a día durante todo el tiempo en que un trabajador que no está titulado ocupe un empleo para el que se requiere el título, es suficiente con que en la fecha en que se dicte su cese todavía no tenga el trabajador el título profesional para que se considere que no ha prescrito el derecho del Estado para darlo de baja con base en esa circunstancia.
Precedentes
Amparo directo 7318/61. Carlos Guerrero Gervais. 4 de marzo de 1964. Cinco votos. Ponente: Angel Carvajal.