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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 273976
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXX, Quinta Parte; Pág. 16
CONTRATO A TIEMPO FIJO, ACCION DE PRORROGA DEL, Y NO DE REINSTALACION.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXX, Quinta Parte; Pág. 16
Si un trabajador es contratado por tiempo fijo y para obra determinada y la parte patronal decide dar por terminado el contrato al vencerse el lapso por el que fue contratado el obrero sin que la obra hubiese concluido, la acción que le corresponde ejercitar al último, es la de prórroga de su contrato con sus accesorios y no la de reinstalación en su empleo por despido injustificado, puesto que no existe ese despido.
Precedentes
Amparo directo 3160/62. José Luis Luna Hernández. 17 de febrero de 1964. Cinco votos. Ponente: Adalberto Padilla Ascencio.