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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 273997
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXX, Quinta Parte; Pág. 31
PRUEBAS FUERA DE TIEMPO ANTE LAS JUNTAS DE CONCILIACION Y ARBITRAJE.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXX, Quinta Parte; Pág. 31
Las Juntas de Conciliación y Arbitraje no están obligadas a tomar en cuenta las pruebas que les sean exhibidas por las partes fuera de la ocasión procesal oportuna, o sea cuando ya ha concluido el periodo de pruebas y acordada la recepción de las procedentes.
Precedentes
Amparo directo 1297/62. Sindicato de Trabajadores Ferrocarrileros de la República Mexicana, Sección 22. 6 de febrero de 1964. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo.