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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 274048
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXVIII, Quinta Parte; Pág. 9
PERSONALIDAD, CUANDO PUEDE OPONERSE COMO EXCEPCION LA FALTA DE.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXVIII, Quinta Parte; Pág. 9
La falta de personalidad, una vez ya admitida la demanda e iniciado el proceso, sólo puede oponerla como excepción el demandado, por ser quien puede saber si es correcta o no la representación con que se ostenta el promovente de la demanda, y entonces debe estudiarla el juzgador desde luego, por tratarse de una excepción, que como la de competencia, es de previo y especial pronunciamiento.
Precedentes
Amparo directo 7688/61. Carlos Patatuchi Régules y coagraviados. 5 de diciembre de 1963. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Adalberto Padilla Ascencio. Ponente: Angel Carvajal.