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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
274084
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXVI, Quinta Parte; Pág. 11

CONFESION. NO ES APTA PARA CONSTITUIR UN CREDITO O UN DERECHO A FAVOR DEL CONFESANTE.

[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXVI, Quinta Parte; Pág. 11

Precedentes

Amparo directo 1634/62. Felipe Higareda Castellanos. 18 de octubre de 1963. Cinco votos. Ponente: Adalberto Padilla Ascencio. Sexta Epoca, Quinta Parte: Volumen LXXV, página 12. Amparo directo 6796/62. Antonio Mercado López. 30 de septiembre de 1963. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Adalberto Padilla Ascencio.
Registro digital (IUS): 274084