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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 274091
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXVI, Quinta Parte; Pág. 19
REINSTALACION E INDEMNIZACION. EJERCICIO SIMULTANEO DE LAS ACCIONES DE.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXVI, Quinta Parte; Pág. 19
Cuando se ejercitan simultáneamente en una demanda las acciones de cumplimiento de contrato de trabajo, esto es, la llamada comunmente de reinstalación y la de pago de indemnización por despido injustificado del trabajador, la Junta que conoce del conflicto no puede optar por alguna de ellas, porque tal actitud sería contra la igualdad de las partes en el proceso, la imparcialidad del juzgador y la congruencia del laudo con la litis, además de que no existe precepto legal en qué apoyarse para optar por una u otra de dichas acciones, por lo que la Junta carece de facultades para sustituirse al actor en la elección y si lo hace, condenando al demandado al cumplimiento de una de ellas, se extralimita en sus facultades y viola el artículo 551 de la Ley Federal del Trabajo, así como las garantías individuales del demandado.
Precedentes
Amparo directo 1849/62. Luis de la Concha García. 3 de octubre de 1963. Cinco votos. Ponente: Manuel Yáñez Ruiz.