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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 274096
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXV, Quinta Parte; Pág. 11
CLAUSULA DE EXCLUSION. PRUEBAS QUE PARA SU APLICACION DEBEN RENDIR EL SINDICATO Y EL PATRON.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXV, Quinta Parte; Pág. 11
Para librarse de responsabilidad por el despido de un trabajador a quien el sindicato titular del contrato colectivo aplica la cláusula de exclusión, al patrón le basta probar que dicho trabajador era miembro de la organización, que en el contrato colectivo se estipuló la cláusula citada y que el despido le fue solicitado por el sindicato, el que, a su vez, si es demandado, debe probar que para tomar el acuerdo de exclusión, se ajustó a las decisiones de la ley y de sus estatutos aplicables al caso.
Precedentes
Amparo directo 494/60. Celerina Pérez Amaro. 30 de septiembre de 1963. Cinco votos. Ponente: Adalberto Padilla Ascencio.