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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 274103
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXV, Quinta Parte; Pág. 15
CONTRATOS DE TRABAJO, SUCESIVOS.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXV, Quinta Parte; Pág. 15
Cuando se han celebrado sucesivamente varios contratos de trabajo, las estipulaciones del último sustituyen a las del anterior, y no se pueden ejercitar acciones derivadas de anteriores contratos ya cancelados por el postrero, a pretexto de que los derechos de los trabajadores son irrenunciables, porque si existe un derecho renunciado en el contrato más reciente, debe ejercitarse la acción de nulidad de este último, si es procedente.
Precedentes
Amparo directo 8735/62. Irineo Palacios Villegas. 23 de septiembre de 1963. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Adalberto Padilla Ascencio.