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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 274185
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXIV, Quinta Parte; Pág. 42
SINDICATO, SEPARACION DE UN GRUPO DE TRABAJADORES DE UN.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXIV, Quinta Parte; Pág. 42
El hecho de que un grupo minoritario que se haya separado de una agrupación de trabajadores debidamente registrada reúna el mínimo de trabajadores indispensables para integrar un sindicato en los términos de ley, no es suficiente para admitir que tal grupo pueda ostentarse con el nombre de la agrupación registrada, pues aun cuando no puede negárseles su derecho de reunión y la constitución, en todo caso, de otra agrupación gremial con idénticas finalidades que las perseguidas por el primer sindicato, ésta debe funcionar con distinta denominación y diferente registro.
Precedentes
Amparo directo 4465/61. Sindicato Gremial de Cargadores de Torreón. 22 de agosto de 1963. Cinco votos. Ponente: Angel Carvajal.