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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 274204
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXIII, Quinta Parte; Pág. 23
PETROLEOS MEXICANOS. VACANTES. PROPOSICION SINDICAL PARA CUBRIRLAS CON FAMILIARES DE LOS TRABAJADORES.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXIII, Quinta Parte; Pág. 23
Aun cuando es inconcuso que toda proposición sindical para cubrir vacantes, queda implícitamente condicionada a la cláusula 10 del Contrato Colectivo, celebrado entre Petróleos Mexicanos y sus trabajadores, por obligar dicha cláusula tanto a la empresa como al sindicato, también lo es que en los casos previstos por el artículo 65 de los estatutos del sindicato, si la persona propuesta queda fuera del servicio a virtud de la referida cláusula contractual, el sindicato está obligado a proponer nuevamente a la misma persona para que ocupe el último puesto vacante, pues de no ser así quedaría sin cumplir la mencionada disposición estatutaria, dado que su finalidad es la de que "la familia" del trabajador "desaparecido" o del que haya dejado de laborar por causa de riesgo profesional o enfermedad ordinaria, "disponga de un ingreso que le ayude a solventar las necesidades del hogar.".
Precedentes
Amparo directo 6802/62. América Pallares. 29 de julio de 1963. Cinco votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo.