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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 274215
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXIII, Quinta Parte; Pág. 31
TIEMPO EXTRAORDINARIO. OBLIGACION DEL PATRON DE PAGARLO AUNQUE NO OBTENGA UTILIDAD.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXIII, Quinta Parte; Pág. 31
No es verdad que para que el patrón esté obligado a pagar tiempo extraordinario sea necesario que obtenga una utilidad, que exceda a la ordinaria, sino sólo que se precise en qué días el trabajador laboró tiempo extraordinario y cuántas horas o minutos abarcó ese tiempo.
Precedentes
Amparo directo 4905/62. Compañía Eléctrica Nacional, S. A. 26 de julio de 1963. Cinco votos. Ponente: Angel Carvajal.