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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 274224
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXII, Quinta Parte; Pág. 16
PUESTOS, SU SUPRESION REQUIERE PRUEBA.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXII, Quinta Parte; Pág. 16
Una vez creado un puesto, lo regular es que el mismo subsista mientras no haya una situación especial que amerite suprimirlo, por lo que, si no se prueba esto último debe admitirse la persistencia o subsistencia del puesto.
Precedentes
Amparo directo 2987/62. Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana, Sección 35. 6 de junio de 1963. Cinco votos. Ponente: Adalberto Padilla Ascencio.