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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 274241
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXII, Quinta Parte; Pág. 26
TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO SUPERNUMERARIOS, ESTAN PROTEGIDOS POR EL ESTATUTO.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXII, Quinta Parte; Pág. 26
Los Trabajadores al Servicio del Estado con el carácter de supernumerarios, que no sean a su vez empleados de confianza, adquieren, por virtud de su nombramiento respectivo, la misma protección del Estatuto Jurídico que los trabajadores numerarios, no pudiéndose por tanto dejar sin efecto su nombramiento sino por incurrir en alguna de las causas exigidas en el artículo 44 de dicho Estatuto Jurídico, o bien, porque en el Presupuesto Anual de Egresos desaparezca la partida en virtud de la cual les eran remunerados sus servicios.
Precedentes
Amparo directo 5273/62. Armida Ramos de González. 17 de junio de 1963. Cinco votos. Ponente: Agapito Pozo.