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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 274250
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXI, Quinta Parte; Pág. 9
DEMANDA DE TRABAJO, NO SE PUEDE SUPLIR LA DEFICIENCIA DE LA.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXI, Quinta Parte; Pág. 9
Si bien es verdad que la Cuarta Sala de la Suprema Corte con apoyo en los artículos 107 constitucional, fracción I, y 76 de la Ley de Amparo, tiene facultades para suplir la deficiencia de la queja, también lo es que no puede suplir la deficiencia de la demanda de trabajo.
Precedentes
Amparo directo 7813/62. Severiano Félix. 3 de mayo de 1963. Cinco votos. Ponente: Pedro Guerrero Martínez.