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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 274259
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXI, Quinta Parte; Pág. 19
TIEMPO EXTRA, CUANDO EL TRABAJADOR DESEMPEÑE DOS EMPLEOS EN LA MISMA EMPRESA, LAS HORAS QUE LABORE EN EL SEGUNDO DE ELLOS DEBEN SER CONSIDERADAS COMO.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXI, Quinta Parte; Pág. 19
Si el trabajador desempeña una jornada de trabajo, cualquier labor que desempeñe fuera de ella, incluyendo la de velador, debe estimarse que corresponde a tiempo extra. Lo anterior se funda en que la ley no permite que se aumente la jornada legal a pretexto de que el trabajador labore en dos empleos, pues, de ser esto así, resultaría ocioso que el legislador señalara en los artículos 69 y 70 de la Ley Federal del Trabajo, cual es la duración máxima de las jornadas diurna y nocturna, y que, además, dispusiera en el artículo 74 de la propia ley que cualquier aumento de la jornada deba considerarse como tiempo extra.
Precedentes
Amparo directo 6226/59. Rosendo Gómez Martínez. 8 de mayo de 1963. Cinco votos. Ponente: Adalberto Padilla Ascencio.