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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 274266
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LXX, Quinta Parte; Pág. 24
FALTAS DE ASISTENCIA, ANTE QUIEN DEBEN JUSTIFICARSE LAS.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LXX, Quinta Parte; Pág. 24
No es ante la autoridad que conoce de un juicio laboral, durante la secuela procesal de éste, donde deben justificarse las faltas de asistencia a sus labores de un trabajador, sino precisamente ante su propio patrón, con la oportunidad y por los medios debidos, pues de no ser así, sería tanto como aceptar que el patrón debiera esperar indefinidamente el retorno del trabajador a sus labores, o bien separar al nuevo trabajador que hubiere ocupado el lugar de aquél que dejó de asistir a sus labores, por más de tres días, sin permiso y sin aviso oportuno, durante un mes.
Precedentes
Amparo directo 2390/62. Edith Zárate Osorio. 19 de abril de 1963. Cinco votos. Ponente: Agapito Pozo.