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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 274268
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LXX, Quinta Parte; Pág. 26
JUNTAS DE CONCILIACION Y ARBITRAJE. FACULTADES DEL PRESIDENTE SUSTITUTO.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LXX, Quinta Parte; Pág. 26
Es inexacto que la facultad de inconformarse con el dictamen que se produzca por el auxiliar, sea exclusiva de los representantes del capital y el trabajo, ya que también es facultad del presidente sustituto, quien en la discusión de tales dictámenes actúa como representante del gobierno; y siendo tripartita la función decisoria de las autoridades del trabajo, es incuestionable que la decisión del representante del gobierno deba quedar sujeta a las mismas prerrogativas que se otorgan a los otros dos representantes.
Precedentes
Amparo directo 8480/61. Planta de Lavados Sistema Buttler S. de R. L. 3 de abril de 1963. Cinco votos. Ponente: Angel Carvajal.