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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 274292
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LXIX, Quinta Parte; Pág. 15
EBRIEDAD, RESCISION DEL CONTRATO DE TRABAJO DE UN CONDUCTOR POR ESTADO DE.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LXIX, Quinta Parte; Pág. 15
Si se demuestra que el trabajador, que era chofer al servicio de una empresa de transportes, aun cuando no viniera manejando el vehículo sino que lo hacia su ayudante, se encontraba en estado de embriaguez, al levantársele una infracción de tránsito por este motivo, la causal de rescisión analizada por la Junta no es violatoria de garantías, ya que en cualquier forma el referido trabajador se encontraba desempeñando un servicio público y por lo mismo estaba impedido de ingerir bebidas alcohólicas hasta en tanto no entregara en la terminal el vehículo que se encontraba bajo su responsabilidad.
Precedentes
Amparo directo 95/62. Joel Ortiz Rendón. 1o. de marzo de 1963. Cinco votos. Ponente: Angel Carvajal.