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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 274294
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LXIX, Quinta Parte; Pág. 17
FALTAS DE ASISTENCIA INJUSTIFICADAS.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LXIX, Quinta Parte; Pág. 17
Si el trabajador acepta que faltó al trabajo por más de cuatro días, pero alega como defensa que fue debido a que solicitó ante el departamento de mujeres y menores de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, la comparecencia de su patrón, para el arreglo de ciertas dificultades surgidas en el desempeño de sus labores y que dicho patrón no se presentó sino cinco días después de que fue citado, es indudable que esta circunstancia en forma alguna puede ser justificativa de sus inasistencias, pues si no aclaró ante la oficina respectiva que se encontraba faltando y que por lo mismo le urgía la comparecencia del demandado, éste ignoró el motivo de sus faltas y por lo tanto resultaron sin permiso y sin justificación.
Precedentes
Amparo directo 3691/62. Josefina González Benítez. 20 de marzo de 1963. Cinco votos. Ponente: Angel Carvajal.