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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 274308
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LXIX, Quinta Parte; Pág. 29
SALARIOS CAIDOS, CARACTER DE LA CONDENA AL PAGO DE.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LXIX, Quinta Parte; Pág. 29
La condena al pago de los salarios caídos sanciona el incumplimiento del contrato de trabajo, y la responsabilidad consiguiente, la que debe estar demostrada para que la sanción pueda justificarse, pues el pago de los salarios caídos no es un medio de apremio para compeler el cumplimiento de un decreto dictado por una Junta de Conciliación y Arbitraje.
Precedentes
Amparo directo 7326/56. Juan Manuel Ríos y coagraviados. 28 de marzo de 1963. Cinco votos. Ponente: Manuel Yáñez Ruiz.