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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 274364
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LXVII, Quinta Parte; Pág. 27
SEGURO SOCIAL. EL PAGO PROVISIONAL DE SUBSIDIO POR ENFERMEDAD PROFESIONAL, NO IMPLICA EL RECONOCIMIENTO DE ESTA.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LXVII, Quinta Parte; Pág. 27
El hecho de que el Seguro Social pague provisionalmente al trabajador el subsidio por enfermedad profesional, en tanto se determina, en definitiva, el carácter de la enfermedad, no implica confesión o reconocimiento de que exista ésta.
Precedentes
Amparo directo 5566/61. Margarito Beltrán. 7 de enero de 1963. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Agapito Pozo.