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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 274385
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LXV, Quinta Parte; Pág. 14
CONTRATO COLECTIVO. NO HAY ACCION INDIVIDUAL PARA SU MODIFICACION.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LXV, Quinta Parte; Pág. 14
De acuerdo con el artículo 53 de la Ley Federal del Trabajo, los individuos obligados por un contrato colectivo, "pueden ejercitar las acciones que nacen del mismo, para exigir su cumplimiento y daños y perjuicios en su caso"; pero dicho precepto no concede acción individual que tienda a la modificación del pacto colectivo.
Precedentes
Amparo directo 8163/60. Ernesto Bock Muller y coagraviados. 29 de noviembre de 1962. Cinco votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo.