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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 274398
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LXV, Quinta Parte; Pág. 27
SALARIOS CAIDOS, PRESCRIPCION DE LA ACCION DE, POR PRESCRIPCION DE LA DE INDEMNIZACION.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LXV, Quinta Parte; Pág. 27
Cuando prescribe la acción de pago de indemnización, no procede el pago de salarios caídos, ya que no sería lógicamente posible que sin establecer que el despido es injustificado (que es lo que origina el derecho a la indemnización), se concluyera que el actor tenía derecho a que se le pagaran los salarios vencidos, pues ésta acción es accesoria de la indemnización.
Precedentes
Amparo directo 8522/61. Josefina Ortiz Castillo. 14 de noviembre de 1962. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Adalberto Padilla Ascencio.