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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 274399
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LXV, Quinta Parte; Pág. 32
TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO. DETERMINACIONES DE LAS COMISIONES MIXTAS DE ESCALAFON.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LXV, Quinta Parte; Pág. 32
Conforme al artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores al Servicio de los Poderes de la Unión, las vacantes definitivas que ocurran en cada unidad burocrática, deben boletinarse primeramente a fin de que los interesados puedan ejercitar sus derechos y, además, "la determinación" de la persona que deba ascender a cada vacante corresponde a la comisión de escalafón, quedándole al titular de la unidad burocrática la obligación de acatar esa "determinación".
Precedentes
Amparo directo 4312/60. Capdeville Levas Alvaro. 7 de noviembre de 1962. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Adalberto Padilla Ascencio.