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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 274465
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LXII, Quinta Parte; Pág. 32
DEMANDA, ELEMENTOS CONSTITUTIVOS DE LA.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LXII, Quinta Parte; Pág. 32
En la demanda han de precisarse con claridad los elementos que permitan saber que es lo que se reclama, pues de no ser así se dejaría a la contraria en estado de indefensión; asimismo, no es necesario que la enumeración de estos elementos, sea tan pródiga que señalen color, tamaño y demás nimiedades que aun omitiéndolas, no por ello se deja en estado de indefensión al quejoso.
Precedentes
Amparo directo 5577/61. Roselia Mendoza Zárate. 2 de agosto de 1962. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Agapito Pozo.