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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 274503
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LXII, Quinta Parte; Pág. 65
TRABAJADORES SUPERNUMERARIOS DEL ESTADO, REINSTALACION INOPERANTE DE LOS, POR HABER CONCLUIDO EL EJERCICIO FISCAL.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LXII, Quinta Parte; Pág. 65
Si concluyó el ejercicio fiscal correspondiente a determinado año durante el cual fue separado de su empleo un trabajador, es obvio que el Tribunal de Arbitraje no podía legalmente condenar a la demandada a reinstalarlo en el cargo del que fue separado, ya que lo único que procedía era condenarlo a pagarle sueldos caídos desde la fecha de la separación hasta el día en que concluyó el ejercicio fiscal relativo a ese año.
Precedentes
Amparo directo 2865/61. Jorge Chávez Ramírez. 20 de agosto de 1962. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Adalberto Padilla Ascencio.