Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/274528
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 274528
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LXI, Quinta Parte; Pág. 56
PORTEROS, EL SALARIO DE LOS, DEBE SER PROPORCIONAL A LOS PRODUCTOS DE LA FINCA.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LXI, Quinta Parte; Pág. 56
El salario de los porteros debe ser proporcional a los productos de la finca, por lo que debe tomarse en consideración el monto de las rentas y calcular un porcentaje adecuado a la índole de los servicios prestados, como importe de los mismos.
Precedentes
Amparo directo 4528/61. Juana Rosales. 12 de julio de 1962. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Angel Carvajal.