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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 274541
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LXI, Quinta Parte; Pág. 63
TESTIGOS EMPLEADOS DE CONFIANZA.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LXI, Quinta Parte; Pág. 63
La calidad de empleados de confianza de los testigos, no afecta sus testimonios, pues en materia laboral y dadas las condiciones en que se desarrolla la relación obrero-patronal, los lugares en que se ejecuta el trabajo o se prestan los servicios, no son, de ordinario, de acceso libre al público, por lo que quienes se dan cuenta de lo acontecido en esos lugares, son los propios trabajadores sin distinguir la calidad de los mismos.
Precedentes
Amparo directo 5776/61. José Arreguín Pérez y coagraviados. 25 de julio de 1962. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Angel Carvajal.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Volumen XLVIII, Quinta Parte, página 48, tesis de rubro "TESTIGOS. EMPLEADOS DE CONFIANZA.".