Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/274550
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 274550
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LX, Quinta Parte; Pág. 24
CLAUSULA DE EXCLUSION POR INGRESO.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LX, Quinta Parte; Pág. 24
Si bien es cierto que el artículo 49 de la Ley Federal del Trabajo establece lo que la doctrina ha llamado cláusula de exclusión por ingreso, al disponer que aquella en que el patrón se obliga a no admitir como trabajadores sino a quienes estén sindicalizados, es lícita en los contratos colectivos de trabajo, sin embargo, si en un caso el sindicato proponente fue demandado en el mismo juicio que el patrón, debió examinarse no solamente si la institución demandada estaba obligada a emplear a quien le fue propuesto, sino también debió ser analizado si el sindicato al hacer la proposición obró justificadamente.
Precedentes
Amparo directo 5721/60. Rafael Ramírez Trejo. 8 de junio de 1962. Cinco votos. Ponente: Manuel Yáñez Ruiz.