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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 274565
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LX, Quinta Parte; Pág. 54
EBRIEDAD DEL TRABAJADOR COMO CAUSA JUSTIFICADA DEL DESPIDO.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LX, Quinta Parte; Pág. 54
Para justificar la ebriedad de un trabajador como causa de despido, no es necesario certificado médico, toda vez que ello puede probarse con el testimonio de dos o más personas, ya que se trata de un estado que puede ser apreciado por cualquier persona capaz, no siendo forzosa la prueba de orden técnico para acreditarla.
Precedentes
Amparo directo 2152/61. Pablo Camarillo Báez. 25 de junio de 1962. Cinco votos. Ponente: Adalberto Padilla Ascencio.