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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 274566
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LX, Quinta Parte; Pág. 56
FALTAS AL TRABAJO. JUSTIFICACION DE LAS.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LX, Quinta Parte; Pág. 56
El único motivo por el que un sindicato puede justificar la falta de un trabajador a sus labores, determinado día, es por el desempeño de comisiones sindicales, ya que, de no ser así, el sindicato no puede justificar ausencias al trabajo debidas únicamente a cuestiones personales de sus miembros o la simple voluntad de éstos de holgar ese día.
Precedentes
Amparo directo 5309/61. Agustín Guerra y coagraviados. 18 de junio de 1962. Cinco votos. Ponente: Agapito Pozo.