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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 274577
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LX, Quinta Parte; Pág. 63
PRUEBA, CARGA DE LA.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LX, Quinta Parte; Pág. 63
Si bien en ciertos casos se presumen demostrados algunos elementos de la acción que ejercita un trabajador, como sucede respecto de los despidos injustificados, en cuyo caso se presume acreditado el despido cuando se demuestra la relación contractual y la cesación de labores, ello no significa que aun en esos casos deje de aplicarse el principio de que el actor debe de probar los hechos constitutivos de su acción, ya que al trabajador se le releva de la obligación de probar algunos hechos constitutivos de su acción, en atención a que demostró otros de los que se desprende una presunción a su favor.
Precedentes
Amparo directo 6701/59. Prisciliano Benítez Benítez. 14 de junio de 1962. Cinco votos. Ponente: Adalberto Padilla Ascencio.