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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 274584
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LX, Quinta Parte; Pág. 76
RESCISION DEL CONTRATO DE TRABAJO. POR EL TRABAJADOR.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LX, Quinta Parte; Pág. 76
La circunstancia de que el trabajador actor se haya separado del trabajo o rescindido su contrato antes de la fecha de la demanda, o bien durante la terminación del juicio, no afecta en manera alguna la procedencia de la acción deducida para obtener la declaración de que tal rescisión fue justificada, o sea por motivos imputables al patrón, y que se condene a éste al pago de la indemnización correspondiente y los salarios caídos.
Precedentes
Amparo directo 96/62. Herminio Romero Espinosa. 22 de junio de 1962. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Agapito Pozo. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo.