Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/274594
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 274594
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LX, Quinta Parte; Pág. 94
SALARIOS CAIDOS, EN CASO DE RECLAMACION DE INDEMNIZACION POR DESPIDO INJUSTIFICADO.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LX, Quinta Parte; Pág. 94
La jurisprudencia de la Suprema Corte relativa a que la obligación de pagar salarios caídos por parte del patrón cesa hasta la fecha en que ofrece al trabajador admitirlo nuevamente a su servicio, se refiere a los casos en que éste reclama su reposición en el trabajo, pues es obvio que si esto es lo que pide y el patrón se allana a dárselo, no tiene el segundo por qué seguir pagando salarios cuando la no prestación del servicio no le es imputable, pero no se refiere tal tesis a los casos en que lo reclamado es la indemnización por despido injustificado.
Precedentes
Amparo directo 4156/61. Santiago González. 8 de junio de 1962. Cinco votos. Ponente: Manuel Yáñez Ruiz.