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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 274606
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LX, Quinta Parte; Pág. 100
TIEMPO EXTRA. PRESUNCION DE FALTA DE PAGO.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LX, Quinta Parte; Pág. 100
No es lógica la suposición de una Junta en el sentido de que aunque no sean presentadas las listas de raya de todo el período deba presumirse que las horas extras le fueron pagadas al trabajador, ya que la presunción contraria es la correcta, pues si durante cierto período el patrón pagó tiempo extraordinario y esto se hizo constar en las listas de raya respectivas, la no presentación de las correspondientes al resto del tiempo hace presumir que los salarios correspondientes no le fueron pagados.
Precedentes
Amparo directo 5305/61. Francisco Luis Zavala Mora. 8 de junio de 1962. Cinco votos. Ponente: Manuel Yáñez Ruiz.