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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 274622
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LVIII, Quinta Parte; Pág. 54
HORAS DE TRABAJO, REPARTICION DE. ARTICULO 69 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LVIII, Quinta Parte; Pág. 54
De conformidad con el artículo 69 de la Ley Federal del Trabajo, para que puedan "repartirse las horas de trabajo en la semana de cuarenta y ocho horas, a fin de permitir al obrero el reposo del sábado en la tarde o cualquier modalidad equivalente.", se requiere acuerdo previo entre el patrón y sus trabajadores.
Precedentes
Amparo directo 8993/61. Pablo Alegría Cruz y coagraviados. 23 de abril de 1962. Cinco votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo.