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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 274649
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LVII, Quinta Parte; Pág. 32
CONTRATO, RESCISION DEL. DEBE PRECISARSE LA CAUSAL.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LVII, Quinta Parte; Pág. 32
No basta que el patrón demandado aduzca en el juicio la causal que en su concepto funda la rescisión del contrato, sino que es indispensable precise los hechos constitutivos de la misma, a fin de evitar que el trabajador quede en estado de indefensión al no poder preparar pruebas que desvirtúen las excepciones opuestas.
Precedentes
Amparo directo 6413/60. Paz Velázquez Valenzuela. 30 de marzo de 1962. Cinco votos. Ponente: Agapito Pozo.