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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
274653
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LVII, Quinta Parte; Pág. 39

FALTA DE PROBIDAD. EBRIEDAD.

[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LVII, Quinta Parte; Pág. 39

Precedentes

Amparo directo 4929/61. Fernando López Guerrero. 14 de marzo de 1962. Cinco votos. Ponente: Angel Carvajal. Informe de 1973, Segunda Parte, Cuarta Sala, página 101. Amparo directo 686/73. Secretario de Educación Pública. 12 de septiembre de 1973. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Euquerio Guerrero López.
Registro digital (IUS): 274653