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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 274682
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LVI, Quinta Parte; Pág. 11
CONTRATO DE TRABAJO, TERMINACION DEL, POR MUTUO CONSENTIMIENTO EXPRESADO POR RECIBO FINIQUITO.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LVI, Quinta Parte; Pág. 11
La fracción I del artículo 126 de la Ley Federal del Trabajo establece como una de las causas lícitas de la terminación de los contratos laborales, el mutuo consentimiento de las partes y si en un caso existe prueba objetiva de este consentimiento, como es el recibo finiquito firmado por el trabajador, agregado en autos, tal prueba sólo podría desvirtuarse mediante la demostración de que ese recibo se expidió y firmó mediante un acto forzado del trabajador.
Precedentes
Amparo directo 7880/61. Carlos Vega y Vega. 9 de febrero de 1962. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Angel Carvajal.