Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/274697
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 274697
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LVI, Quinta Parte; Pág. 42
PARTE DEMANDADA.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LVI, Quinta Parte; Pág. 42
Si una persona a la que se señala en la demanda en cuanto a su calidad y no en cuanto a su identidad física, concurrió y actuó como parte demandada, nada tenía que insistir y aclarar el actor.
Precedentes
Amparo directo 2559/61. Jesús Balcázar Guzmán. 21 de febrero de 1962. Cinco votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo.