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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 274712
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LVI, Quinta Parte; Pág. 49
SINDICATO, PERSONALIDAD DE UN, PARA PROMOVER EN REPRESENTACION DE UN TRABAJADOR.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LVI, Quinta Parte; Pág. 49
Cuando un sindicato con personalidad debidamente acreditada, promueve en representación de un trabajador, se establece la presunción juris tantum de que dicho trabajador es miembro del sindicato, puesto que, por disposición legal, el sindicato sólo está autorizado para promover en representación de sus miembros en los conflictos individuales. Esta presunción puede ser destruida si se demuestra por la parte a quien interese, que el referido trabajador es trabajador libre o pertenece a distinto sindicato del que lo representa; pero mientras ello no se demuestre, la presunción obra en beneficio del trabajador.
Precedentes
Amparo directo 461/61. Anastasio Martínez Flores. 8 de febrero de 1962. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Agapito Pozo.