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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 274729
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LV, Quinta Parte; Pág. 62
EMPLEADOS PUBLICOS. CUANDO NO PROCEDE EL PAGO DE SOBRESUELDOS.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LV, Quinta Parte; Pág. 62
Estando facultada la Secretaría de Hacienda para cambiar a un empleado de la aduana de determinado lugar de la República a la Dirección General de Aduanas ubicada en el Distrito Federal, es claro que no tiene la obligación de cubrir sobresueldos dados a dicho empleado, que se pagan a los trabajadores en relación con el costo de las subsistencias en el lugar en que han de prestar sus servicios, por lo que al no establecerse presupuestalmente el pago de los sobresueldos en el Distrito Federal, que es el lugar a donde fue cambiado el demandante, es inconcuso que la Secretaría demandada no tiene la obligación de pagar esos sobresueldos.
Precedentes
Amparo directo 695/60. Guillermo Alarcón Nájera. 17 de enero de 1962. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Adalberto Padilla Ascencio.