Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/274734
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 274734
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LV, Quinta Parte; Pág. 66
JUICIO ARBITRAL, PERSONAS EXTRAÑAS AL.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LV, Quinta Parte; Pág. 66
Los documentos provenientes de personas extrañas al juicio arbitral, deben equipararse a pruebas testimoniales, por lo que resulta indispensable la ratificación de los mismos, así como que se de oportunidad a la parte contraria para repreguntar a los firmantes.
Precedentes
Amparo directo 2261/59. Ferrocarriles Nacionales de México. 29 de enero de 1962. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Agapito Pozo.