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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 274746
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LV, Quinta Parte; Pág. 85
TESTIGOS. VALOR PROBATORIO DE LA DECLARACION DE LOS.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LV, Quinta Parte; Pág. 85
Es ilegal que una Junta niegue valor probatorio a los testigos presentados por el patrón demandado, fundándose en que están ligados a la negociación respectiva. Por consiguiente, la responsable, al apreciar dicho testimonio, debe señalar concretamente qué motivos tiene para negarle valor probatorio y no simplemente fundarse en que era un testimonio singular proveniente de un empleado de confianza.
Precedentes
Amparo directo 1894/59. The Cananea Consolidated Copper, Co. S. A. 29 de enero de 1962. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Agapito Pozo.