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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 274752
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LIV, Quinta Parte; Pág. 33
GERENTES GENERALES.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LIV, Quinta Parte; Pág. 33
De acuerdo con el artículo 146 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, los gerentes generales tienen, dentro de la órbita de sus atribuciones, "las más amplias facultades de representación y ejecución" y no necesitan "autorización especial del administrador o consejo de administración para los actos que ejecuten.".
Precedentes
Amparo directo 5907/60. Ignacio Palomar y Silva. 28 de septiembre de 1961. Cinco votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo.