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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 274798
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LII, Quinta Parte; Pág. 72
DESPIDO.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LII, Quinta Parte; Pág. 72
En los casos en que el patrón acepta que despidió al trabajador, pero aduce que fue en fecha distinta a la señalada por éste, al propio patrón corresponde probar su afirmación.
Precedentes
Amparo directo 1736/61. Zeferino Blanco Gutiérrez. 18 de octubre de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo.
Amparo directo 7980/60. Serafín Alvarez Ruiz. 18 de octubre de 1961. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.