Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/274816
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 274816
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LII, Quinta Parte; Pág. 84
LAUDO INCONGRUENTE.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LII, Quinta Parte; Pág. 84
Cuando el trabajador reclama la devolución de una determinada cantidad, por descuentos que según él le ha hecho la empresa demandada, en forma indebida, pero ésta niega haberle descontado cantidad alguna al trabajador, es inconcuso que la carga de la prueba corresponde a éste. En consecuencia, si el trabajador no justifica la existencia de tales descuentos por los medios idóneos que la ley establece, la Junta no puede condenar a una devolución improcedente.
Precedentes
Amparo directo 5489/60. Ferrocarriles Nacionales de México. 30 de octubre de 1961. Cinco votos. Ponente: Angel Carvajal.